¿Cuáles son los requisitos de notificación para los propietarios y Asociación de Propietarios o HOAs?


Cada arrendador debe entregar lo siguiente el o antes del 1 de julio de 2020 a cada unidad existente y deberá proporcionar a los posibles inquilinos con:

• Un aviso por escrito que indique claramente:

  • Todas las unidades están designadas como unidades para no fumadores. Fumar es ilegal en una unidad, incluyendo cualquier área de uso exclusivo asociada o área no cerrada, como un balcón privado, porche, terraza o patio a partir del 1 de enero del 2021; y
  • Fumar en todas las áreas comunes es ilegal, a menos que un espacio al aire libre esté designado como zona para fumadores.

• Una copia de o la dirección web de la Ordenanza No 19-7.

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1. ¿Cuándo entra en vigor la prohibición?
2. ¿Qué califica como vivienda de multiunidades?
3. ¿Qué tipos de residencias no están cubiertas por la ordenanza?
4. Vivo en vivienda de multiunidades. ¿Dónde puedo fumar?
5. ¿Qué áreas o espacios cubre la prohibición?
6. ¿Cómo funciona la prohibición?
7. ¿Qué debo hacer si se está fumando en mi vivienda de multiunidades en violación de la ordenanza?
8. ¿Qué tipo de sustancias y dispositivos cubren las reglas?
9. ¿Cuáles son los requisitos de notificación para los propietarios y Asociación de Propietarios o HOAs?
10. ¿Cuáles son las disposiciones de arrendamiento requeridas?
11. ¿Cuáles son los requisitos de publicación y señalización para los propietarios/HOA?
12. ¿Qué pasa si una propiedad no tiene avisos/carteles?
13. ¿Con quién debo ponerme en contacto si aún tengo preguntas?